Con la entrada del cada nuevo año, se aplican nuevas reformas que se adoptan tras la aprobación de los presupuestos generales del Estado para hacer frente al incremento del gasto público.
A continuación, te detallamos los principales cambios que te afectan como autónomo o empresa:
AUTONOMOS
- Cuota Cotización
La cuota de cotización para los autónomos se ha visto incrementada en 2021 tras la aprobación del aumento de los tipos de cotización en el Real Decreto Ley 28/2018 , de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo que se produjo en 2018, y afectará de la siguiente forma:
- Si cotiza por la base mínima será de 288,98 euros, (alrededor de 3 euros más)
- Si cotiza por la base máxima alcanzará los 1.245,45 euros, (unos 12 euros más)
Así, se establece un aumento del tipo de cotización del 0,8% de 2020 al 0,9% en 2021 en el caso del cese de actividad y del 1,1% hasta el 1,3% por contingencias profesionales. Esto supone la aplicación de un incremento total de un 0,3% a partir de enero de 2021.
La base mínima de cotización del autónomo societario o autónomo con más de 10 trabajadores a cargo también se le ha aplicado un aumento en su cuota. De manera que si cotiza por la base mínima hará frente a 1.214,08 euros, lo que supone una cuota mensual de 371,51 euros, (3,61 euros más que en 2019.
Además de esta subida general, este año la Seguridad Social también cobrará a los autónomos los atrasos de entre 22 y 108 euros, por no haber aplicado hasta octubre pasado el aumento de 2020.
La subida en los tipos de cotización afecta a todos los autónomos excepto a aquellos que están acogidos a la bonificación de la ‘tarifa plana’, ya que esta se incrementó en enero de 2019 (60 euros).
• Tributación por módulos
La publicación de la Orden HAC/1155/2020 de 25 de noviembre, por la quese desarrollan, para el año 2021, el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especialsimplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, no produce cambios para el año 2021.
- Modelo 303
En lo que respecta al modelo 303 de autoliquidación del IVA, las novedades se centran principalmente en las secciones de identificación y de resultado.
- Identifiación: para cada opción se establece una única casilla
- Resultado: la casilla 67 se desglosa ahora en tres nuevas casillas: la número 110 “Cuotas a compensar pendientes de periodos anteriores”, la número 78 “Cuotas a compensar pendientes de periodos anteriores aplicadas en ese periodo” y la número 87 “Cuotas a compensar pendientes de periodos previos pendientes para periodos posteriores”
- Se da una nueva denominación a la casilla número 93 “Entregas intracomunitarias exentas”.
• Nuevo impuesto al plástico
Surge con motivo del Anteproyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados y por el que se deroga la Ley 22/2011, de 28 de julio.
Este Anteproyecto prohibirá la venta y uso de plástico desechable en julio de 2021. Con esto en mente, este nuevo impuesto gravará su fabricación hasta su completa prohibición.
Este es un nuevo impuesto que afectará sobre todo a los profesionales en el sector del comercio, la hostelería o la restauración, ya que son sectores donde se produce la compra y la venta de materiales de plásticos desechables, obligándoles a pensar nuevas formas para implementar y que funcionen en su actividad.
• Nuevo impuesto a las bebidas azucaradas
Las bebidas azucaradas y edulcorantes pasarán del 10% al 21% de IVA con el objetivo de lograr un consumo responsable en la población infantil y juvenil.
No obstante, no se aplicará a los productos lácteos, por lo que no se verán afectados el sector de hostelería por el momento.
Se trata de un impuesto que afectará a supermercados, de manera que el consumo en bares y restaurantes seguirá tributando al 10%
- Impuesto de matriculación
A partir del 1 de enero entrará en vigor el nuevo cálculo para el Impuesto de matriculación de coches nuevos, en base al ciclo WLTP (Worldwide Harmonized Light Vehicles Test Procedure), estableciendo 4 ramos:
- Emisiones hasta 120 g/km de CO₂: 0%
- Entre 120 y 160 g/km de CO₂: 4,75%
- Entre 160 y 200 g/km de CO₂: 9,75%
- Más de 200 g/km de CO₂: 14,75%
Un nuevo impuesto que afectará a los concesionarios y a los transportistas. Aunque existen excepciones: taxis, coches de autoescuela y coches de alquiler.
EMPRESAS
• IRPF
Entre las novedades del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas se encuentran las siguientes:
- Rentas inferiores a 12.450 euros serán grabadas en un 19%
- Rentas entre 12.450 y 20.200 euros serán grabadas en un 24%
- Rentas entre 20.200 y 60.000 euros serán grabadas en un 30%.
- Rentas entre 60.000 y 300.000 euros serán grabadas con un 45% de retención.
- Rentas superiores a 300.000 euros serán grabadas con un 47% de retención.
• Impuesto sobre el Patrimonio
Se verá incrementado para aquellos patrimonios a partir de los diez millones de euros, variando del 2,5 al 3,5%.
No obstante, este tributo está cedido a las comunidades autónomas, por lo que la reforma no afecta a las bonificaciones que se aplican en algunos territorios.
• Impuesto sobre Sociedades
Se produce una reducción en la exención fiscal del 100% al 95% por las plusvalías y dividendos generados por las filiales de las grandes empresas que se sitúen en el extranjero.
Además de lo anterior, se elimina la exención para las participaciones que, aun no alcanzando el 5%, tengan un valor de adquisición superior a 20 millones.
• Impuesto sobre las Primas de Seguros
Se incrementa el tipo de gravamen del impuesto, que pasa del 6% al 8% para cualquiera de ellos.
- Para las pólizas de seguro vigentes con anterioridad a 2021: aplicación del gravamen del 6%.
- Para las pólizas de seguro vigentes a partir del 2021: aplicación del gravamen del 8%.
• Tasa Tobin
El impuesto sobre transacciones financieras (La Ley 5/2020), grava con un 0,2% las operaciones de compraventa de acciones de empresas españolas que posean una capitalización superior a los 1.000 millones de euros, en vigor desde el 16 de enero de 2021.
No obstante, no afectará a la compraventa de acciones de PYMES.
- Tasa Google
El nuevo Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales (IDSD) o conocido como Tasa Google se encargará de gravar el 3% de los ingresos generados por las grandes tecnológicas con ingresos de más de 750 millones de euros en todo el mundo y más de tres millones en España, entrando en vigor el pasado 16 de enero.
- Ampliación en un año de los plazos vinculados a la Reserva para Inversiones en Canarias (RIC)
El Real Decreto-ley 39/2020, de 29 de diciembre incluye la ampliación en un año de los plazos para efectuar la materialización de la Reserva para Inversiones en Canarias dotada con los beneficios obtenidos en períodos impositivos iniciados en el año 2016 y para las inversiones anticipadas materializadas en 2017. La dotación debía hacerse con los beneficios de 2018, 2019 o 2020. Sin embargo, se da la posibilidad de realizar la dotación en 2021.