DIFERENCIAS ENTRE TRIBUTAR COMO AUTÓNOMO O SOCIEDAD

Diferencias entre tributar como autónomo o sociedad

Diferencias entre tributar como autónomo o sociedad

¡Hola emprendedor! Este mes te traemos una de las dudas más frecuentes que nos plantean nuestros clientes sobre todo en etapa de crecimiento: las diferencias entre tributar como autónomo o sociedad en Canarias. Por lo que aquí te contamos todo lo que debes saber y si tributar de como autónomo o sociedad te supone alguna ventaja.

Tributar como autónomo o sociedad: novedades en 2026

En 2026, la gran novedad es que las sociedades ganan terreno por la bajada de tipos, mientras que el autónomo sigue atado a la progresividad del IRPF.

Para que lo entiendas:

  1. Impuestos (IRPF-IS)
  • Autónomo (IRPF): El autónomo que desde 2023 tiene obligación de presentar la declaración de la renta o más conocido IRPF, se trata de un impuesto «escalera». Cuánto más ganas de beneficio o rendimiento neto, más porcentaje pagas, no tiene más ciencia. En Canarias los tramos van de
    • Hasta 12.450 €: 19%
    • 12.451 € – 20.200 €: 24%
    • 20.201 € – 35.200 €: 30%
    • 35.201 € – 60.000 €: 37%
    • Más de 60.000 €: 45% – 47%
  • Sociedad (IS): Las sociedades también tienen su “renta” que es el llamado Impuesto sobre sociedades. La diferencia con el autónomo es que se trata de un impuesto «plano» y además se encuentra a la baja. Hasta 2023, el tipo general del IS era del 25%, posteriormente se bajó para aquellas empresas que facturaban menos de 1 millón de euros, al 23% y ahora han vuelto a aprobar unos nuevos tipos reducidos. De forma que en 2026, si facturas menos de 1M€ (Micropyme), pagas solo el 19% por los primeros 50.000€ de beneficio y el 21% por el resto y bajará hasta el 2029 al 17% por los primeros 50.000€ de beneficio y el 20% por el resto, pero las empresas que superen esta cifra también vendrán reducido el tipo hasta el 20% en 2029. Te dejamos el enlace directo de la AEAT para que puedas conocer estos cambios
    • Bonus Canarias: Si además eres una empresa canaria, puedes contar con incentivos fiscales como la RIC (Reserva para Inversiones) puedes reducir tu base imponible hasta un 90% y la DIC (Deducción por inversión en activos fijos nuevos) en la que puedes deducirte el 25% de la inversión realizada y además son compatibles entre sí ¡Viva Canarias!

2. Seguridad Social (Cuotas)

  • Autónomo: Desde 2023 el autónomo paga una cuota en función de sus ingresos reales. Pagas según tu rendimiento neto o beneficio. 

De forma que en 2026 los tramos de ingresos más bajos (hasta 670€, 671€-900€ y 901€-1.166,70€) mantienen cuotas mensuales de 200€, 220€ y 260€ respectivamente. Pero a partir del tramo de 1.166,70€ – 1.300€ de ingresos, las cuotas aumentan un 1% o más, con cuotas que superan los 293€ en adelante hasta los 590€ mensuales

  • Autónomo Societario: Si montas la SL en lo referente a la seguridad social tendrías que estar como autónomo societario y también deberás pagar tu cuota de autónomo en función de tus ingresos reales. ¿La diferencia? Que como autónomo societario puedes controlar los ingresos que percibirás generalmente a través de nómina. No obstante, el mínimo que paga un autónomo societario es distinto y va sobre los 315€-350€, y tienes menos bonificaciones que el autónomo «de a pie».

3. Tu Responsabilidad 

  • Autónomo: Eres tú y tus circunstancias. Si el negocio debe dinero, pueden ir a por tu casa, tu coche o tus ahorros.
  • Sociedad: La responsabilidad está «vallada». Solo respondes con el capital de la empresa (normalmente los 3.000€ iniciales). Tu patrimonio personal está a salvo.

4. Administración

  • Autónomo: Muy barato. No hay Notario, Registro Mercantil ni cuentas anuales.
  • Sociedad: Más cara. Necesitas notario, registro, y una contabilidad profesional (partida doble). Calcula que los gastos de gestión son el doble o el triple que como autónomo.

Resumen Rápido 2026

Punto claveAutónomoSociedad (Micropyme)
Tipo de interés19% a 47% (Progresivo)19% a 21% (Fijo)
Peligro personalAlto (Respondes con todo)Bajo (Limitado al capital)
Ahorro en CanariasDeducciones básicasRIC -DIC
¿Cuándo elegirlo?Si ganas menos de 30.000€ y tu riesgo es bajoSi pasas de 40.000€ de beneficio o si vas a contratar personal o planteas una fuerte inversión de crecimiento

En resumen: Con el nuevo tipo del 19%, la Sociedad Limitada en Canarias es más atractiva que nunca. Si tu beneficio va a superar los 40.000€, el ahorro fiscal de la sociedad te paga de sobra los gastos de asesoría

Pero ¡ojo! Hacienda puede sancionarte si considera que has creado una sociedad interpuesta (o «sociedad pantalla») con el único fin de pagar menos impuestos, sin que exista una estructura real empresarial que justifique su actividad económica. Por esto mismo también deberás contar con medios materiales (oficina, equipo informatico, mobiliario…)  y personales (trabajadores) que sustente el desarrollo de tu actividad económica y si trabajas para tu empresa tu remuneración debe estar a precio de mercado.

Si quieres estudiar tu situación personal específica, los profesionales de Lamar Asesoría estaremos encantados de orientarte en esta nueva etapa.

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