Cómo facturar sin IVA en Canarias: cuándo es posible y qué debes tener en cuenta
Muchos autónomos y empresas tienen dudas sobre cómo facturar sin IVA en Canarias. Es habitual preguntarse si una empresa canaria debe añadir IVA, IGIC o ningún impuesto cuando factura a clientes situados en la Península, Baleares o incluso en otros países.
La confusión es comprensible, ya que Canarias cuenta con un régimen fiscal propio diferente al del resto de España. Mientras que en la Península y Baleares se aplica el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido), en Canarias el impuesto indirecto es el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario).
Por ello, conocer cuándo corresponde aplicar el IGIC y cuándo es posible emitir una factura sin IVA ni IGIC es fundamental para evitar errores que puedan derivar en sanciones o problemas con la Agencia Tributaria.
En este artículo de Lamar Asesoría te explicamos cómo emitir facturas sin IVA en Canarias, en qué casos procede y cuáles son las situaciones más habituales que pueden darse entre empresas y profesionales.
¿Se aplica el IVA en Canarias?
La respuesta es sencilla: no.
Canarias no forma parte del territorio de aplicación del IVA. Esto significa que las empresas y autónomos establecidos en las Islas no repercuten IVA en sus facturas, sino el IGIC, salvo en aquellos supuestos en los que la normativa establece otra cosa.
Por tanto, cuando se habla de facturar sin IVA en Canarias, en realidad se hace referencia a operaciones en las que tampoco corresponde repercutir IGIC, ya que la operación se considera localizada fuera del territorio canario a efectos fiscales.
¿Qué impuesto se aplica en Canarias?
El impuesto indirecto que grava la mayoría de las operaciones realizadas en Canarias es el IGIC.
Dependiendo del tipo de producto o servicio, existen distintos tipos impositivos, aunque el tipo general es actualmente del 7 %.
Por ello, cuando una empresa canaria presta un servicio o vende un producto a otro autónomo o empresa ubicada también en Canarias, normalmente deberá emitir la factura incluyendo el IGIC correspondiente.
¿Cuándo se puede facturar sin IVA en Canarias?
Existen diversos supuestos en los que una empresa o autónomo de Canarias puede emitir una factura sin repercutir ni IVA ni IGIC.
Uno de los más habituales es cuando el destinatario de la factura es una empresa o un profesional establecido en la Península o Baleares y la operación, de acuerdo con las reglas de localización del impuesto, no se entiende realizada en Canarias.
Veamos los casos más frecuentes.
Situación 1: empresa canaria que factura a otra empresa de Canarias
Es el supuesto más sencillo.
Si tanto el emisor como el destinatario están establecidos en Canarias y la operación está sujeta al IGIC, la factura deberá incluir el impuesto correspondiente.
Ejemplo:
Una empresa de diseño gráfico en Las Palmas presta un servicio a otra empresa ubicada en Tenerife.
La factura incluirá:
- Base imponible.
- IGIC correspondiente.
- Importe total.
En este caso no se factura sin IVA, sino con IGIC.
Situación 2: empresa canaria que factura a una empresa de la Península o Baleares
Este es uno de los casos que más dudas genera.
Cuando un autónomo o empresa de Canarias presta determinados servicios a una empresa o profesional establecido en la Península o Baleares, generalmente la factura se emite sin IVA y sin IGIC, ya que la operación se localiza fuera del territorio canario.
Es importante que el destinatario sea un empresario o profesional que actúe como tal.
En estos casos suele incorporarse en la factura una referencia indicando que la operación no está sujeta al IGIC por aplicación de las reglas de localización correspondientes.
Situación 3: empresa canaria que factura a un particular de la Península
Aquí la situación cambia.
Dependiendo del tipo de servicio prestado, las reglas fiscales pueden ser diferentes.
No todos los servicios siguen el mismo criterio de tributación, por lo que conviene analizar cada caso de forma individual.
Precisamente por ello es recomendable consultar con una asesoría fiscal antes de emitir este tipo de facturas.
Situación 4: venta de mercancías desde Canarias a la Península
Cuando se venden bienes físicos desde Canarias hacia la Península o Baleares tampoco se aplica el IVA en la factura emitida desde Canarias.
Sin embargo, la mercancía estará sujeta posteriormente a los impuestos correspondientes en la importación al territorio peninsular.
Además, pueden existir trámites aduaneros que deben tenerse en cuenta.
Situación 5: empresa de la Península que factura a Canarias
También puede producirse la situación inversa.
Una empresa establecida en Madrid, Sevilla o Valencia factura a un cliente situado en Canarias.
En estos casos tampoco suele repercutirse IVA en la factura emitida desde la Península, ya que la operación tiene un tratamiento fiscal específico derivado de que Canarias está fuera del territorio de aplicación del IVA.
Posteriormente, la mercancía o la operación podrá quedar sujeta al IGIC en Canarias según corresponda.
Situación 6: empresa canaria que factura a clientes de otros países
Si el cliente está establecido fuera de España, el tratamiento fiscal dependerá del país de destino y del tipo de operación.
No es lo mismo facturar a un cliente de Francia que a uno de Estados Unidos o Reino Unido.
Las normas cambian según:
- Si el cliente es empresa o particular.
- Si se venden bienes o servicios.
- Si el país pertenece o no a la Unión Europea.
En estos casos conviene estudiar cada operación antes de emitir la factura.
Cómo emitir facturas sin IVA en Canarias correctamente
Cuando corresponda emitir una factura sin IVA ni IGIC, es recomendable que el documento incluya toda la información habitual:
- Datos fiscales del emisor.
- Datos del destinatario.
- Número de factura.
- Fecha.
- Descripción del servicio.
- Base imponible.
- Total de la factura.
Además, suele ser conveniente incorporar la referencia legal correspondiente que justifica que la operación no está sujeta al IGIC.
De esta forma queda correctamente documentado el motivo por el que no se repercute ningún impuesto indirecto.
Errores frecuentes al facturar sin IVA en Canarias
Muchos profesionales cometen errores por desconocimiento de la normativa.
Entre los más habituales destacan:
- Aplicar IVA en lugar de IGIC.
- Emitir facturas con IGIC cuando no corresponde.
- Facturar sin impuesto cuando realmente debía aplicarse IGIC.
- No incluir la referencia legal correspondiente.
- Confundir operaciones con empresas y con particulares.
- No conservar la documentación justificativa de la operación.
Estos errores pueden generar incidencias en inspecciones tributarias o provocar la necesidad de emitir facturas rectificativas.
¿Qué ocurre si una factura está mal emitida?
Si una factura contiene un impuesto incorrecto, lo recomendable es emitir una factura rectificativa lo antes posible.
Cuanto antes se corrija el error, más sencillo será regularizar la situación tanto para el emisor como para el cliente.
Además, evitarás posibles problemas en las declaraciones tributarias posteriores.
¿Por qué es recomendable contar con una asesoría fiscal?
Las reglas sobre localización de operaciones y tributación indirecta pueden resultar complejas, especialmente cuando existen clientes fuera de Canarias.
Una asesoría fiscal especializada puede ayudarte a:
- Emitir correctamente tus facturas.
- Aplicar el impuesto adecuado.
- Evitar sanciones.
- Resolver dudas antes de facturar.
- Gestionar correctamente tus declaraciones de IGIC.
En muchos casos, una simple consulta antes de emitir la factura puede evitar errores costosos.
Dudas frecuentes sobre facturar sin IVA en Canarias
¿Se puede facturar sin IVA en Canarias?
Sí. Existen numerosos supuestos en los que una empresa o autónomo canario puede emitir una factura sin IVA y sin IGIC, especialmente cuando presta determinados servicios a empresas establecidas fuera de Canarias.
¿Cómo emitir facturas sin IVA en Canarias?
La factura debe contener todos los datos obligatorios y reflejar que la operación no está sujeta al IGIC cuando así lo establezca la normativa. Además, es recomendable incluir la referencia legal correspondiente.
¿Cuándo debo aplicar IGIC?
Con carácter general, cuando la operación está sujeta al impuesto y tanto el servicio como el cliente se encuentran dentro del ámbito de aplicación del IGIC.
¿Las empresas de Canarias utilizan IVA?
No. Las empresas establecidas en Canarias aplican IGIC, no IVA, salvo en operaciones específicas reguladas por la normativa.
¿Puedo facturar sin IGIC a una empresa de Madrid?
En muchos servicios prestados entre empresas, sí. Habitualmente estas operaciones se facturan sin IVA y sin IGIC al localizarse fuera del territorio canario. No obstante, conviene analizar cada caso concreto, ya que el tratamiento puede variar según la naturaleza del servicio.
¿Qué ocurre si me equivoco al emitir una factura?
Lo recomendable es emitir una factura rectificativa cuanto antes para corregir el error y evitar incidencias fiscales.
Cómo facturar sin IVA en Canarias: analiza tu caso para no equivocarte
Saber cómo facturar sin IVA en Canarias es fundamental para cualquier autónomo o empresa que trabaje con clientes fuera del archipiélago. Aunque el régimen fiscal canario es diferente al del resto de España, aplicar correctamente las normas de localización de las operaciones permite emitir las facturas de forma adecuada y evitar problemas con la Administración Tributaria.
Cada operación puede tener particularidades según el tipo de cliente, el servicio prestado o el destino de los bienes. Por ello, antes de emitir una factura, especialmente cuando intervienen empresas o profesionales de fuera de Canarias, es recomendable revisar el tratamiento fiscal aplicable.
En Lamar Asesoría ayudamos a autónomos, empresas y emprendedores a gestionar correctamente su facturación, resolver dudas sobre el IGIC y cumplir con todas sus obligaciones fiscales con total seguridad. Si necesitas asesoramiento sobre cómo emitir facturas sin IVA en Canarias o cualquier otra cuestión relacionada con la fiscalidad canaria, nuestro equipo estará encantado de ayudarte.



