Nuevo modelo informativo anual de alquiler de corta duración

nuevo modelo informativo anual de alquiler de corta duración

Nuevo modelo informativo anual de alquiler de corta duración: guía completa 2026

Este 2026 comienza con importantes novedades para propietarios y gestores de alquileres de corta duración. El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha aprobado el nuevo modelo informativo anual de alquiler de corta duración, una obligación que afectará a todas las personas que ofrezcan este tipo de arrendamientos en España.

En Lamar Asesoría te explicamos de forma clara en qué consiste este nuevo modelo, a quién afecta, cuándo entra en vigor y qué debes presentar para cumplir correctamente con la normativa.

¿Qué es el nuevo modelo informativo anual de alquiler de corta duración?

El nuevo modelo informativo anual de alquiler de corta duración es un formulario obligatorio de carácter informativo, creado para mejorar el control y la transparencia del mercado de los arrendamientos no permanentes.

Esta nueva obligación fue aprobada mediante orden ministerial y publicada en el BOE el 31 de diciembre, estableciendo que los anfitriones deberán presentar cada mes de febrero un listado anónimo de los alquileres realizados durante el año anterior.

En dicho listado se debe indicar, por cada finca registrada (NRUA):

  • Cantidad de huéspedes.
  • Finalidad del alquiler (turístico, laboral, educativo, etc.).
  • Fechas de entrada y salida.

El primer ejercicio de aplicación será en 2026, correspondiente a los datos de 2025.

¿Para qué sirve este nuevo modelo informativo anual de alquiler de corta duración?

Es muy importante tener claro que:

  • No es una declaración tributaria.
  • No sirve para liquidar impuestos.
  • Su finalidad es exclusivamente informativa y de control.

El objetivo del nuevo modelo informativo anual de alquiler de corta duración es permitir a la Administración:

  • Controlar la legalidad de los alquileres.
  • Conocer el alcance real de esta actividad.
  • Determinar la naturaleza de los arrendamientos de corta duración.
  • Mejorar la coordinación entre registros y administraciones públicas.

¿A qué tipos de alquiler se aplica?

Este nuevo modelo se aplica a todas las modalidades de alquiler de corta duración, entre ellas:

  • Alquiler turístico.
  • Alquiler de temporada.
  • Alquiler para trabajadores.
  • Alquiler por habitaciones.
  • Alquiler de corta duración con fines educativos o profesionales.

Es decir, no solo afecta a pisos turísticos: cualquier arrendamiento que no cubra una necesidad de vivienda permanente deberá declararse en este modelo informativo.

Preguntas frecuentes sobre el nuevo modelo informativo anual de alquiler de corta duración

1. ¿Cuándo entra en vigor esta obligación?

La obligación entra en vigor el 2 de enero de 2026.
El primer modelo deberá presentarse en febrero de 2026, con los datos correspondientes al año 2025.


2. ¿Cada cuánto hay que presentarlo?

El modelo es anual y debe presentarse todos los meses de febrero.


3. ¿Qué se entiende por arrendamiento de corta duración?

Son aquellos arrendamientos que no satisfacen la necesidad de una vivienda permanente, como:

  • Alquileres turísticos.
  • Alquileres temporales por trabajo o estudios.
  • Alquileres por habitaciones de corta estancia.

4. ¿Es obligatorio indicar la fecha de salida de los huéspedes?

Sí.
La normativa exige indicar las fechas de entrada y salida para permitir un mayor control registral de cada estancia.


5. ¿Qué pasa si un NRUA no ha tenido actividad durante el año?

También hay que presentar el modelo.
En ese caso, se debe indicar expresamente la ausencia de actividad durante el periodo correspondiente.

¿Quién está obligado a presentar el modelo informativo anual de alquiler de corta duración?

Deben presentar el nuevo modelo informativo anual de alquiler de corta duración:

  • Propietarios de inmuebles alquilados por estancias cortas.
  • Gestores de viviendas turísticas.
  • Anfitriones que alquilen habitaciones o viviendas por temporadas.
  • Cualquier persona física o jurídica con un NRUA activo, aunque no haya tenido actividad ese año.

¿Dónde se puede obtener más información?

Para resolver dudas oficiales sobre este nuevo modelo, el Ministerio ha habilitado la Ventanilla Única Digital:

🔹 Ventanilla Única Digital del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana
https://www.mivau.gob.es/vivienda/ventanilla-unica/alquiler-de-alojamientos-de-corta-duracion


El nuevo modelo informativo anual de alquiler de corta duración: un cambio al que adaptarse

El nuevo modelo informativo anual de alquiler de corta duración supone un cambio importante para propietarios y gestores de este tipo de arrendamientos en España.

Aunque no es una declaración fiscal ni sirve para pagar impuestos, sí es una obligación legal cuyo incumplimiento podría acarrear sanciones administrativas.

En Lamar Asesoría te ayudamos a:

  • Ver si estás obligado a presentarlo.
  • Preparar correctamente la información requerida.
  • Presentar el modelo sin errores ni retrasos.

¿Tienes dudas sobre cómo cumplir con el nuevo modelo informativo anual de alquiler de corta duración?
Contacta con Lamar Asesoría y nuestro equipo te asesorará para que cumplas con esta nueva obligación sin complicaciones.

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