Calendario fiscal 2021

PYMES Y AUTÓNOMOS

Muchos son los que tienen dudas respecto a las obligaciones tributarias que les toca, y que necesitan saberlo para emprender como autónomo o empresa, e incluso ya emprendiendo, siguen sin saber exactamente cuales son las obligaciones tributarias que tienen que hacer frente y cuando, llegando a la asesoría con miedo y, a veces, con sustos por haberse pasado dichos plazos. Es por ello, que en LAMAR Asesoría queremos facilitarte y explicarte con detalle estas obligaciones para que no se te escape nada:

En este blog te enseñaremos todos los impuestos trimestrales y anuales que tendrás que presentar como autónomo o pyme. Además, te ofrecemos un calendario fiscal gratuito y descargable para 2021, uno específico para autónomos y otro para empresas; para que tengas una herramienta útil que te recuerde todas las fechas importantes para tu negocio, aunque debes tener en cuenta,  como comentábamos anteriormente, que dicha obligación puede ser trimestral o anual, dependiendo de la tributación que ostentes.

En el año 2020, el calendario fiscal quedó congelado por el COVID-19, pero este año vuelve a sus plazos habituales:

Enero

Hasta el 20 de enero de 2021 se presentan:

  • Modelo 111 Cuarto Trimestre 2020, declaración trimestral retenciones de personal y profesionales.

.¿Quién debe presentarlo? Los autónomos o empresas que tengan trabajadores con nómina, aunque el IRPF sea cero. Los que tengan facturas de profesionales recibidas como gastos con retención de IRPF (sólo se incluyen las que has recibido). Si tienes facturas de actividades agrícolas, ganaderas y/o forestales. Si tienes facturas de determinadas actividades que tienen obligación de retener el 1% de IRPF. Si tienes premios en concursos, juegos, etc. Si tienes ganancias patrimoniales en percepciones obtenidas por los vecinos por aprovechamientos forestales de montes públicos.Si se ha producido una cesión de derechos de imagen.

  • Modelo 115 Cuarto Trimestre 2020, declaración trimestral retenciones de alquileres.

. ¿Quién debe presentarlo? Están obligados a presentarlo todos los profesionales, empresarios individuales o sociedades que paguen alquileres por locales comerciales u oficinas, siempre que sean inmuebles urbanos. Si el arrendador de nuestra oficina o local comercial es un particular y, en la factura de alquiler no se ha especificado la retención IRPF, igualmente se debe retener este importe y presentar el Modelo 115.

  • Modelo 123, declaración trimestral retenciones de rendimientos de capital mobiliario.

.¿Quién debe presentarlo? Deberán presentarlo aquellos autónomos, Pymes y Comunidades de Bienes que estén obligadas a retener o a ingresar a cuenta del IRPF, del Impuesto de Sociedades y del IRNR, que satisfagan rentas del capital mobiliario.

  • Modelo 368 , declaración trimestral de IVA de los regímenes especiales de servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión o electrónicos.

.¿Quién debe presentarlo? Deberán presentarlo todas las Pymes y autónomos cuya base de negocio sea Internet, incluyendo la venta online de productos, los servicios de telefonía y software, los videojuegos, la televisión y el streaming, entre otros; siempre que los destinatarios fiscales sean particulares.

Del 01 de enero de 2021 hasta el 01 de febrero de 2021

  • Modelo 303 Cuarto Trimestre 2020,declaración trimestral de IVA.

¿Quién debe presentarlo? Deberá presentarlo cualquier profesional o empresario (sociedad, autónomo, asociación, cooperativa, sociedad civil, etc) e independientemente del resultado de la declaración (a ingresar, a cero, negativa a compensar o devolver) y que desarrolle una actividad sujeta a IVA.

  • Modelo 349 Cuarto Trimestre 2020, declaración informativa. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. 

¿Quién debe presentarlo? Deben presentarlo todos aquellos sujetos pasivos del IVA que hayan realizado en el período de declaración alguna de las siguientes operaciones intracomunitarias que se mencionan a continuación: entregas Intracomunitarias de bienes que resulten exentas conforme a lo establecido en los apartados uno, dos y tres del artículo 25 de la Ley. Entregas Intracomunitarias de bienes posteriores a importaciones exentas. Entregas Intracomunitarias de Bienes subsiguientes a Adquisiciones Intracomunitarias de Bienes en operaciones triangulares. Adquisiciones Intracomunitarias de Bienes sujetas al impuesto incluyendo aquellas adquisiciones de bienes que hayan sido previamente importados en otro Estado miembro donde dicha importación haya estado exenta. Prestaciones Intracomunitarias de Servicios. Adquisiciones Intracomunitarias de Servicios

Desde 2020 se eliminó la posibilidad de presentar el modelo 349 con periodicidad anual durante el mes de enero para aquellos empresarios o profesionales cuyo importe total de entrega de bienes y servicios durante el año anterior no fuese superior a 35.000 €

  • Modelo 130 Cuarto Trimestre 2020, pago fraccionado del IRPF, ingresos a cuenta de la Renta.

¿Quién debe presentarlo? Deberán presentarlolos empresarios dados de alta en actividad calificada de empresarial (epígrafes IAE), siempre y cuando no estén en el sistema de módulos, en cuyo caso deberán presentar el modelo 131. Los autónomos que realicen una actividad profesional, salvo si han facturado con retenciones más del 70% de su facturación a empresas, autónomos y entidades jurídicas con sede en España.

  • Modelo 131 Cuarto Trimestre 2020,pago fraccionado del IRPF, ingresos a cuenta de la Renta, Régimen Simplificado.

¿Quién debe presentarlo? Deberán presentarlo todos los autónomos (realicen actividades profesionales o no), socios de sociedades civiles y de comunidades de bienes que realicen el cálculo del beneficio de su actividad económica mediante la modalidad de módulos.

  • Modelo 390 año 2020, resumen anual de las declaraciones trimestrales de IVA.

¿Quién debe presentarlo?Deberán presentarlo todos aquellos sujetos pasivos del Impuesto sobre el Valor Añadido que tengan la obligación de presentar autoliquidaciones periódicas del IVA, ya sean mensuales o trimestrales (modelo 303) y además los sujetos pasivos incluidos dentro de la declaración conjunta.

  • Modelo 180 año 2020,resumen anual de las declaraciones trimestrales del modelo 115 retenciones de alquileres.

¿Quién debe presentarlo? Deberán presentarlo todas aquellas sociedades y autónomos que tienen la obligación de presentar el modelo 115. Al tratarse de un modelo donde se declaran arrendamientos, deben entregarlo todas las pymes y autónomos que sean titulares de un contrato de alquiler de un inmueble vinculado a su actividad económica. No obstante, la Agencia Tributaria detalla en su página web algunas excepciones específicas.

  • Modelo 190 año 2020, resumen anual de las declaraciones trimestrales del modelo 111 retenciones de personal y profesionales.

¿Quién debe presentarlo? Deberán presentarlo aquellos empresarios o autónomos que hayan tenido que presentar trimestralmente el modelo 111 y tengan a su disposición nóminas que pagar, premios obtenidos de concursos, juegos, rifas… Rendimientos de actividades económicas, beneficios obtenidos a través del alquiler de inmuebles urbanos, liquidez obtenida de donaciones y planes de pensiones.

(Aquí al ser 31 un domingo, aplica lo mismo que con los otros modelos, la presentación se aplaza al siguiente día hábil)

  • Modelo 193,resumen anual de las declaraciones trimestrales del modelo 123 retenciones de rendimientos de capital mobiliario.

¿Quién debe presentarlo? Estarán obligados a presentar el modelo 193 (al igual que el modelo 123) aquellas personas o entidades que satisfagan ciertas rentas o rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención o ingreso a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (sólo establecimientos permanentes) o que sean depositarias o gestionen el cobro de las rentas de valores que originen la sujeción a retención o ingreso a cuenta.

  • Modelo 184, declaración informativa anual que resume los ingresos, gastos y beneficio obtenido por algunas sociedades no mercantiles.

¿Quién debe presentarlo? Deberán presentarlo las entidades en régimen de atribución de rentas. También deben presentarla las atribuciones de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español.

Si operas en Canarias, deberás tener en cuenta:

  • Modelo 420 Cuarto Trimestre 2020,Impuesto General Indirecto Canario – Régimen General – Autoliquidación Trimestral.

¿Quién debe presentarlo? Deberán presentarlo todos los autónomos y empresas residentes en las Islas Canarias que deben hacer facturas por la venta de bienes o prestación de servicios en las que les sea aplicables el IGIC.

  • Modelo 421 Cuarto Trimestre 2020,Régimen Simplificado IGIC. Autoliquidación Trimestral.

¿Quién debe presentarlo? Las personas o entidades que realicen habitualmente actividades empresariales o profesionales en régimen simplificado de IGIC, dentro del ámbito espacial de las islas Canarias, el mar territorial hasta el límite de 12 millas náuticas y el espacio aéreo correspondiente a dicho ámbito.

  • Modelo 425 año 2020,Impuesto General Indirecto Canario – Declaración Resumen Anual.

¿Quién debe presentarlo? Están obligados a presentar la Declaración-resumen anual, los sujetos pasivos del IGIC que tengan la obligación de presentar autoliquidaciones periódicas por este tributo, mensuales o trimestrales, así como aquellos inscritos en el Registro especial de pequeños empresarios y profesionales REPEP.

Febrero

El mes de febrero es el momento de presentar la declaración anual de operaciones con terceros de 2020 con el modelo 347.

Del 01 de febrero de 2021 hasta el 01 de marzo de 2021 se presenta:

  • Modelo 347, declaración informativa de operaciones con terceros realizados durante todo el año cuyos importes totales sean mayores de 3.005,06€.

¿Quién debe presentarlo?Deberán presentarlo las pymes y autónomos que hayan realizado operaciones superiores a 3.005,06 euros con un cliente o un proveedor durante el año.

Si operas en Canarias, deberás tener en cuenta:

  • Modelo 415 Año 2020, Impuesto General Indirecto Canario – Declaración anual de operaciones con terceras personas

¿Quién debe presentarlo? Deberán presentarlo las personas físicas, personas jurídicas y las entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica y que sean sujetos pasivos del IGIC, incluyendo los comerciantes minoristas, las personas que desarrollan actividades en el Régimen especial del pequeño empresario y profesional y del régimen Especial de la Agricultura y Ganadería y las personas que desarrollan actividades en Régimen Simplificado; por las adquisiciones de bienes, y las ventas expedidas con factura.

Marzo

El 1 de marzo finaliza el plazo de presentación del modelo 347 (que comenzaba en febrero).

Abril

El mes de abril es uno de los más importantes dentro del calendario fiscal 2021 para autónomos, pymes y cualquier persona que tenga que presentar su Declaración de la Renta.

El plazo para la presentación telemática del IRPF 2020 comenzará el día 1 de abril y permanecerá abierto hasta el 30 de junio.

Terminados los tres primeros meses del año, tocará presentar las declaraciones del primer trimestre de 2021.

Del 01 de abril de 2021 hasta el 20 de abril de 2021 se presentan:

  • Modelo 111 Primer Trimestre 2021, declaración trimestral retenciones de personal y profesionales.

¿Quién debe presentarlo? Los autónomos o empresas que tengan trabajadores con nómina, aunque el IRPF sea cero. Los que tengan facturas de profesionales recibidas como gastos con retención de IRPF (sólo se incluyen las que has recibido). Si tienes facturas de actividades agrícolas, ganaderas y/o forestales. Si tienes facturas de determinadas actividades que tienen obligación de retener el 1% de IRPF. Si tienes premios en concursos, juegos, etc. Si tienes ganancias patrimoniales en percepciones obtenidas por los vecinos por aprovechamientos forestales de montes públicos. Si se ha producido una cesión de derechos de imagen

  • Modelo 115 Primer Trimestre 2021, declaración trimestral retenciones de alquileres.

¿Quién debe presentarlo? Están obligados a presentarlo todos los profesionales, empresarios individuales o sociedades que paguen alquileres por locales comerciales u oficinas, siempre que sean inmuebles urbanos. Si el arrendador de nuestra oficina o local comercial es un particular y, en la factura de alquiler no se ha especificado la retención IRPF, igualmente se debe retener este importe y presentar el Modelo 115.

  • Modelo 123, declaración trimestral retenciones de rendimientos de capital mobiliario.

¿Quién debe presentarlo? Deberán presentarlo aquellos autónomos, Pymes y Comunidades de Bienes que estén obligadas a retener o a ingresar a cuenta del IRPF, del Impuesto de Sociedades y del IRNR, que satisfagan rentas del capital mobiliario.

  • Modelo 368, declaración trimestral de IVA de los regímenes especiales de servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión o electrónicos.

¿Quién debe presentarlo? Deberán presentarlo todas las Pymes y autónomos cuya base de negocio sea Internet, incluyendo la venta online de productos, los servicios de telefonía y software, los videojuegos, la televisión y el streaming, entre otros; siempre que los destinatarios fiscales sean particulares

  • Modelo 303 Primer Trimestre 2021, declaración trimestral de IVA.

¿Quién debe presentarlo?Deberá presentarlo cualquier profesional o empresario (sociedad, autónomo, asociación, cooperativa, sociedad civil, etc) e independientemente del resultado de la declaración (a ingresar, a cero, negativa a compensar o devolver) y que desarrolle una actividad sujeta a IVA.

  • Modelo 349 Primer Trimestre 2021, declaración informativa. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. 

¿Quién debe presentarlo? Deben presentarlo todos aquellos sujetos pasivos del IVA que hayan realizado en el período de declaración alguna de las siguientes operaciones intracomunitarias que se mencionan a continuación: entregas Intracomunitarias de bienes que resulten exentas conforme a lo establecido en los apartados uno, dos y tres del artículo 25 de la Ley. Entregas Intracomunitarias de bienes posteriores a importaciones exentas. Entregas Intracomunitarias de Bienes subsiguientes a Adquisiciones Intracomunitarias de Bienes en operaciones triangulares. Adquisiciones Intracomunitarias de Bienes sujetas al impuesto incluyendo aquellas adquisiciones de bienes que hayan sido previamente importados en otro Estado miembro donde dicha importación haya estado exenta. Prestaciones Intracomunitarias de Servicios. Adquisiciones Intracomunitarias de Servicios

  • Modelo 130 Primer Trimestre 2021, pago fraccionado del IRPF, ingresos a cuenta de la Renta.

¿Quién debe presentarlo? Deberán presentarlo los empresarios dados de alta en actividad calificada de empresarial (epígrafes IAE), siempre y cuando no estén en el sistema de módulos, en cuyo caso deberán presentar el modelo 131. Los autónomos que realicen una actividad profesional, salvo si han facturado con retenciones más del 70% de su facturación a empresas, autónomos y entidades jurídicas con sede en España.

  • Modelo 131 Primer Trimestre 2021, pago fraccionado del IRPF, ingresos a cuenta de la Renta, Régimen Simplificado.

¿Quién debe presentarlo?Deberán presentarlo todos los autónomos (realicen actividades profesionales o no), socios de sociedades civiles y de comunidades de bienes que realicen el cálculo del beneficio de su actividad económica mediante la modalidad de módulos.

  • Modelo 202, el primer período pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades.

¿Quién debe presentarlo? Están obligados a presentarlo aquellos sujetos pasivos del impuesto sobre Sociedades cuyo resultado del ejercicio anterior haya sido positivo, esto es, hayan obtenido beneficios, o con independencia del resultado obtenido, tengan un volumen de operaciones superior a los 6.010.121,14 euros durante el ejercicio anterior.

Mayo

Siguiendo el calendario de las obligaciones del contribuyente 2021 que publica Hacienda, desde el día 5 de mayo y hasta el 29 de Junio podrás solicitar cita previa para el IRPF

Abril – Junio

Del 1 de abril de 2021 hasta el 30 de junio de 2021 se presentan:

  • Modelo 100, la declaración anual de la Renta de 2020.

¿Quién debe presentarlo? Están obligados a presentarlo todos aquellos contribuyentes que sean personas físicas y residan en España, excepto en los siguientes casos: rendimientos del trabajo personal, que sean iguales o inferiores a 22.000€ al año, siempre y cuando procedan de un mismo pagador. Si existen más pagadores, estarás obligado a presentarla si la suma de los ingresos percibidos por ellos supera 1.500€.Tampoco estarás obligado a presentar la declaración de la renta si tan sólo has obtenido rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales Siempre y cuando no se superen los 1500 euros anuales y además dichos ingresos hayan estado sujetos a retención. También estarán exentas las rentas inmobiliarias que se les haya imputado, rendimientos de letras del tesoro y subvenciones para adquirir viviendas de protección oficial siempre y cuando el conjunto de todas estas no superen los 1000 euros.

  • Declaración de Patrimonio de 2020.

¿Quién debe presentarlo? Estarán obligados a presentarlo los sujetos pasivos cuando se cumpla alguna de las siguientes circunstancias: 

– Cuando la cuota tributaria por este impuesto resulta a ingresar (mínimo exento 700.000 €)

– Cuando el valor de sus bienes o derechos resulta superior a 2.000.000 euros.

La AEAT te da la oportunidad de acudir de forma presencial a las oficinas de Hacienda si antes consigues una cita previa. De este modo, si no tienes posibilidad de presentar la Declaración de la Renta online y no conseguiste que te atendiesen por teléfono podrás ir a las oficinas del 5 al 29 de junio.

Julio

Como ya habrá pasado un nuevo trimestre, julio será el momento de presentar las declaraciones correspondientes al segundo trimestre del año.

Del 01 de julio de 2021 hasta el 20 de julio de 2021 se presentan:

  • Modelo 111 Segundo Trimestre 2021, declaración trimestral retenciones de personal y profesionales.

.¿Quién debe presentarlo? Los autónomos o empresas que tengan trabajadores con nómina, aunque el IRPF sea cero. Los que tengan facturas de profesionales recibidas como gastos con retención de IRPF (sólo se incluyen las que has recibido). Si tienes facturas de actividades agrícolas, ganaderas y/o forestales. Si tienes facturas de determinadas actividades que tienen obligación de retener el 1% de IRPF. Si tienes premios en concursos, juegos, etc. Si tienes ganancias patrimoniales en percepciones obtenidas por los vecinos por aprovechamientos forestales de montes públicos. Si se ha producido una cesión de derechos de imagen.

  • Modelo 115 Segundo Trimestre 2021, declaración trimestral retenciones de alquileres.

. ¿Quién debe presentarlo? Están obligados a presentarlo todos los profesionales, empresarios individuales o sociedades que paguen alquileres por locales comerciales u oficinas, siempre que sean inmuebles urbanos. Si el arrendador de nuestra oficina o local comercial es un particular y, en la factura de alquiler no se ha especificado la retención IRPF, igualmente se debe retener este importe y presentar el Modelo 115.

  • Modelo 123 Segundo Trimestre 2021, declaración trimestral retenciones de rendimientos de capital mobiliario.

.¿Quién debe presentarlo? Deberán presentarlo aquellos autónomos, Pymes y Comunidades de Bienes que estén obligadas a retener o a ingresar a cuenta del IRPF, del Impuesto de Sociedades y del IRNR, que satisfagan rentas del capital mobiliario.

  • Modelo 368, declaración trimestral de IVA de los regímenes especiales de servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión o electrónicos.

.¿Quién debe presentarlo? Deberán presentarlo todas las Pymes y autónomos cuya base de negocio sea Internet, incluyendo la venta online de productos, los servicios de telefonía y software, los videojuegos, la televisión y el streaming, entre otros; siempre que los destinatarios fiscales sean particulares.

  • Modelo 303 Segundo Trimestre 2021,declaración trimestral de IVA.

¿Quién debe presentarlo?Deberá presentarlo cualquier profesional o empresario (sociedad, autónomo, asociación, cooperativa, sociedad civil, etc) e independientemente del resultado de la declaración (a ingresar, a cero, negativa a compensar o devolver) y que desarrolle una actividad sujeta a IVA.

  • Modelo 349 Segundo Trimestre 2020, declaración informativa. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. 

¿Quién debe presentarlo? Deben presentarlo todos aquellos sujetos pasivos del IVA que hayan realizado en el período de declaración alguna de las siguientes operaciones intracomunitarias que se mencionan a continuación: entregas Intracomunitarias de bienes que resulten exentas conforme a lo establecido en los apartados uno, dos y tres del artículo 25 de la Ley. Entregas Intracomunitarias de bienes posteriores a importaciones exentas. Entregas Intracomunitarias de Bienes subsiguientes a Adquisiciones Intracomunitarias de Bienes en operaciones triangulares. Adquisiciones Intracomunitarias de Bienes sujetas al impuesto incluyendo aquellas adquisiciones de bienes que hayan sido previamente importados en otro Estado miembro donde dicha importación haya estado exenta. Prestaciones Intracomunitarias de Servicios. Adquisiciones Intracomunitarias de Servicios

  • Modelo 130 Segundo Trimestre 2021, pago fraccionado del IRPF, ingresos a cuenta de la Renta.

¿Quién debe presentarlo? Deberán presentarlo los empresarios dados de alta en actividad calificada de empresarial (epígrafes IAE), siempre y cuando no estén en el sistema de módulos, en cuyo caso deberán presentar el modelo 131. Los autónomos que realicen una actividad profesional, salvo si han facturado con retenciones más del 70% de su facturación a empresas, autónomos y entidades jurídicas con sede en España.

  • Modelo 131 Segundo Trimestre 2021,pago fraccionado del IRPF, ingresos a cuenta de la Renta, Régimen Simplificado.

¿Quién debe presentarlo? Deberán presentarlo todos los autónomos (realicen actividades profesionales o no), socios de sociedades civiles y de comunidades de bienes que realicen el cálculo del beneficio de su actividad económica mediante la modalidad de módulos.

Si operas en Canarias, deberás tener en cuenta:

  • Modelo 420 Segundo Trimestre 2021,Impuesto General Indirecto Canario – Régimen General – Autoliquidación Trimestral.

¿Quién debe presentarlo? Deberán presentarlo todos los autónomos y empresas residentes en las Islas Canarias que deben hacer facturas por la venta de bienes o prestación de servicios en las que les sea aplicables el IGIC.

  • Modelo 421 Segundo Trimestre 2021,Régimen Simplificado IGIC. Autoliquidación trimestral

.¿Quién debe presentarlo? Las personas o entidades que realicen habitualmente actividades empresariales o profesionales en régimen simplificado de IGIC, dentro del ámbito espacial de las islas Canarias, el mar territorial hasta el límite de 12 millas náuticas y el espacio aéreo correspondiente a dicho ámbito.

Para todas aquellas empresas o entidades en que su ejercicio económico se corresponda con el año natural deberán presentar el modelo 200 hasta el 26 de julio de 2021 ( el día 25 es domingo) 

  • Modelo 200, declaración anual del Impuesto de Sociedades de 2020.

¿Quién debe presentarlo? Están obligados a presentar este modelo aquellas entidades con residencia en territorio español y entidades que tengan personalidad jurídica propia, tales como: sociedades Mercantiles: Anónimas (SA), de Responsabilidad Limitada (SL), Colectivas, Laborales, etc. Sociedades Estatales, Autonómicas, Provinciales y Locales. Agrupaciones de Interés Económico. Fondos de Inversión Inmobiliaria (FII). Uniones temporales de empresas. Fondos de Capital Riesgo (VC).Fondos de Pensiones

El calendario fiscal 2021 marca el día 21 de julio para que autónomos y pymes presenten el pago de la Renta con los modelos 130 y 131.Y si tu empresa es de las que presenta el 303 de manera trimestral es el momento de hacerlo. Uno de los impuestos más importantes para la Agencia Tributaria, el de Sociedades, tiene en el mes de julio también la fecha límite de presentación, concretamente el día 26. Los documentos que tienes que presentar son el 200 y  206 (IRPF No Residentes con Establecimiento Permanente en territorio español)

Agosto

Mes inhábil. 

Septiembre

Síndrome Post-Vacacional.

Octubre

Entramos en el tercer trimestre del año. El día 20 de octubre es el plazo para presentar el pago fraccionado de la Renta.

Del 01 de octubre de 2021 hasta el 20 de octubre de 2021 se presentan:

  • Modelo 111 Tercer Trimestre 2021, declaración trimestral retenciones de personal y profesionales.

.¿Quién debe presentarlo? Los autónomos o empresas que tengan trabajadores con nómina, aunque el IRPF sea cero. Los que tengan facturas de profesionales recibidas como gastos con retención de IRPF (sólo se incluyen las que has recibido). Si tienes facturas de actividades agrícolas, ganaderas y/o forestales. Si tienes facturas de determinadas actividades que tienen obligación de retener el 1% de IRPF. Si tienes premios en concursos, juegos, etc. Si tienes ganancias patrimoniales en percepciones obtenidas por los vecinos por aprovechamientos forestales de montes públicos. Si se ha producido una cesión de derechos de imagen.

  • Modelo 115 Tercer Trimestre 2021, declaración trimestral retenciones de alquileres.

.¿Quién debe presentarlo? Están obligados a presentarlo todos los profesionales, empresarios individuales o sociedades que paguen alquileres por locales comerciales u oficinas, siempre que sean inmuebles urbanos. Si el arrendador de nuestra oficina o local comercial es un particular y, en la factura de alquiler no se ha especificado la retención IRPF, igualmente se debe retener este importe y presentar el Modelo 115.

  • Modelo 123 Tercer Trimestre 2021, declaración trimestral retenciones de rendimientos de capital mobiliario.

.¿Quién debe presentarlo? Deberán presentarlo aquellos autónomos, Pymes y Comunidades de Bienes que estén obligadas a retener o a ingresar a cuenta del IRPF, del Impuesto de Sociedades y del IRNR, que satisfagan rentas del capital mobiliario.

  • Modelo 368, declaración trimestral de IVA de los regímenes especiales de servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión o electrónicos.

.¿Quién debe presentarlo? Deberán presentarlo todas las Pymes y autónomos cuya base de negocio sea Internet, incluyendo la venta online de productos, los servicios de telefonía y software, los videojuegos, la televisión y el streaming, entre otros; siempre que los destinatarios fiscales sean particulares.

  • Modelo 303 Tercer Trimestre 2021,declaración trimestral de IVA.

.¿Quién debe presentarlo? Deberá presentarlo cualquier profesional o empresario (sociedad, autónomo, asociación, cooperativa, sociedad civil, etc) e independientemente del resultado de la declaración (a ingresar, a cero, negativa a compensar o devolver) y que desarrolle una actividad sujeta a IVA.

  • Modelo 130 Tercer Trimestre 2021, pago fraccionado del IRPF, ingresos a cuenta de la Renta.

.¿Quién debe presentarlo? Deberán presentarlo los empresarios dados de alta en actividad calificada de empresarial (epígrafes IAE), siempre y cuando no estén en el sistema de módulos, en cuyo caso deberán presentar el modelo 131. Los autónomos que realicen una actividad profesional, salvo si han facturado con retenciones más del 70% de su facturación a empresas, autónomos y entidades jurídicas con sede en España.

  • Modelo 131 Tercer Trimestre 2021,pago fraccionado del IRPF, ingresos a cuenta de la Renta, Régimen Simplificado.

.¿Quién debe presentarlo? Deberán presentarlo todos los autónomos (realicen actividades profesionales o no), socios de sociedades civiles y de comunidades de bienes que realicen el cálculo del beneficio de su actividad económica mediante la modalidad de módulos.

  • Modelo 202, segundo período pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades.

¿Quién debe presentarlo? Están obligados a presentarlo aquellos sujetos pasivos del impuesto sobre Sociedades cuyo resultado del ejercicio anterior haya sido positivo, esto es, hayan obtenido beneficios, o con independencia del resultado obtenido, tengan un volumen de operaciones superior a los 6.010.121,14 euros durante el ejercicio anterior.

Si operas en Canarias, deberás tener en cuenta:

  • Modelo 420 Tercer Trimestre 2021,Impuesto General Indirecto Canario – Régimen General – Autoliquidación Trimestral.

.¿Quién debe presentarlo? Deberán presentarlo todos los autónomos y empresas residentes en las Islas Canarias que deben hacer facturas por la venta de bienes o prestación de servicios en las que les sea aplicables el IGIC.

  • Modelo 421 Tercer Trimestre 2021,Régimen Simplificado IGIC. Autoliquidación trimestral

.¿Quién debe presentarlo? Las personas o entidades que realicen habitualmente actividades empresariales o profesionales en régimen simplificado de IGIC, dentro del ámbito espacial de las islas Canarias, el mar territorial hasta el límite de 12 millas náuticas y el espacio aéreo correspondiente a dicho ámbito.

Noviembre

Hasta el 02 de noviembre de 2021 se presenta:

  • Modelo 179, para aquellos autónomos que tengan viviendas con fines turísticos. Es una declaración informativa.

Hasta el 05 de noviembre de 2021:

  • Último día para abonar el segundo plazo de devolución de la Renta 2020, si se fraccionó el pago.

Diciembre

Del 01 de diciembre de 2021 hasta el 20 de diciembre de 2021 se presenta:

  • Modelo 202, el tercer período pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades.

.¿Quién debe presentarlo? Están obligados a presentarlo aquellos sujetos pasivos del impuesto sobre Sociedades cuyo resultado del ejercicio anterior haya sido positivo, esto es, hayan obtenido beneficios, o con independencia del resultado obtenido, tengan un volumen de operaciones superior a los 6.010.121,14 euros durante el ejercicio anterior.

Hasta el 31 de diciembre de 2021:

En el calendario de obligaciones con Hacienda deberás tener en cuenta:

  • Renuncia o revocación, estimación directa simplificada y estimación para el año 2022. (modelo 036)
  • Renuncia o revocación para los regímenes de los sectores de la agricultura, ganadería y pesca para el año 2022 (modelo 036/037)
  • Opción de tributación en destino de ventas a distancia a otros países de la UE. (modelo 036)
  • Opción o renuncia por el régimen especial de criterio de caja. (modelo 036/037)
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