Descubre los incentivos a la contratación del Cabildo de Gran Canaria para el 2024
¡Hola emprendedor! Existen distintas situaciones en las que se puede plantear contratar nuevo personal: por temporada, crecimiento… Y muchas veces frenamos esta opción por necesidad de hacer muchos recortes al comienzo, bien sea porque estás empezando o porque todavía está por llegar nuevos ingresos fijos.
¿Y si pudieras ahorrarte los gastos iniciales? (Al menos una temporada…) Es por esto que te traemos esta nueva ayuda a la contratación.
Nueva ayuda a la contratación 2024
Objetivo:
Fomentar la contratación para la creación de contratos indefinidos, de formación en alternancia y contrato formativo para la obtención de práctica profesional
Beneficiarios:
Cualquier persona física (autónomos/as) o entidad mercantil con o sin personalidad jurídica propia, con capital íntegramente privado, legalmente constituida, que tenga Centros de Trabajo en la isla de Gran Canaria para la contratación de personal que desempeñe sus tareas en esos Centros de Trabajo.en
Requisitos principales de la contratación:
1.- Para contratos a partir del 01/01/2024 y hasta el 31/12/2024.
2.- El centro de trabajo debe estar ubicado en Gran Canaria durante todo el periodo mínimo de mantenimiento de la contratación.
3.- El contrato ha de estar vigente en el momento de la solicitud de la subvención.
2.- Los contratos subvencionados deberán tener una duración mínima de 12 meses para contratos indefinidos y a jornada completa y de 6 meses para contratos formativos.
Requisitos principales de las personas desempleadas a contratar:
1.- Ser residentes en Gran Canaria en el momento de la contratación y a fecha de solicitud.
1.- Tener el DARDE como mínimo del día anterior al alta en la Seguridad Social.
2.- No haber tenido relación laboral con la empresa anteriormente.
3.- Ser: parado de larga duración (12 meses), mujer, mayor de 45 años, menor de 30 años, personas con discapacidad o LGTBI.
Cuantía de los incentivos:
El importe de subvención, dependiendo del programa, oscila entre los 2.000,00 y 12.000,00 euros, según la modalidad del contrato, período de suscripción, duración de la jornada (no podrá ser inferior al 50% de la jornada ordinaria) así como las características del colectivo de contratación.
Reintegro de la subvención:
1.-En caso de reducción de la jornada se tendrá que devolver totalmente la subvención.
2.- En caso de suspensión de la relación laboral habrá que realizar un reintegro parcial de la subvención.
3.- Si se extingue la relación laboral llevará un reintegro total de la subvención salvo que se reemplace al trabajador, en cuyo caso el reintegro será parcial.
Los profesionales de Lamar Asesoría podemos ayudarte a conseguir el trabajador que necesitas.